Días no laborables por la visita del Papa: guía para empleadores
Días no laborables compensables por la visita del Papa León XIV: cómo acordar con tu equipo, recuperar horas, definir personal esencial y tratar la planilla.
Aviso: este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Valida los casos particulares de tu empresa con tu área legal o con el MTPE.
Respuesta breve: en el sector privado, los días no laborables por la visita del Papa León XIV no son una suspensión automática ni un feriado. Son días compensables: puedes adoptarlos por acuerdo previo con tus trabajadores o, si no hay acuerdo, decidirlo tú como empleador. Solo se recuperan las horas efectivamente no trabajadas, y la forma de recuperarlas se pacta; si no hay consenso, la define el empleador.
El Decreto Supremo N.º 020-2026-TR, publicado en El Peruano el 22 de octubre de 2026, declaró días no laborables compensables ante la visita del Papa León XIV. Si diriges una empresa o un área de RRHH, necesitas decidir pronto: qué fechas aplican a tus sedes, qué puestos deben seguir operando y cómo dejarás todo documentado. Esta guía lo ordena paso a paso, con base en la nota de prensa oficial del MTPE.
Qué fechas y qué regiones alcanza la norma
Según el MTPE, los días no laborables compensables son:
| Zona | Fechas | Alcance |
|---|---|---|
| Lima (todo el departamento) y Callao | Miércoles 11 y jueves 12 de noviembre de 2026, de 1:00 p. m. a medianoche; lunes 16 de noviembre, día completo | Sector público y privado |
| Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura | Viernes 13 y sábado 14 de noviembre, día completo | Sector público y privado |
| Cusco y Ucayali | Domingo 15 de noviembre, día completo | Solo sector privado |
La razón es logística: se espera una concurrencia de más de un millón de personas en Lambayeque y de 850 mil en Cusco, lo que afecta movilidad y operación.
Qué significa “compensable” y por qué no es un feriado
Esta distinción define todo lo demás:
- No es feriado. Un feriado se paga de forma particular si se trabaja; aquí no aplica esa lógica. Si necesitas repasar la diferencia, revisa nuestra guía sobre trabajar en feriado en Perú y cómo se paga.
- No es automático en el sector privado. El centro de trabajo puede adoptarlo mediante acuerdo previo entre empleador y trabajadores; a falta de acuerdo, decide el empleador.
- Se recupera solo el tiempo no trabajado. Si tu equipo trabajó parte de la jornada, solo se recuperan las horas que efectivamente no se laboraron.
- Para fines tributarios siguen siendo días hábiles, de modo que los plazos no cambian. Planifica con anticipación los cierres y declaraciones que caigan en estas fechas.
En el sector público, las horas se recuperan dentro de los 10 días siguientes o cuando lo disponga el titular de la entidad. Si tu empresa trabaja con entidades públicas, anticipa posibles cambios en sus horarios de atención.
Paso 1: acordar con los trabajadores
El acuerdo es la vía más segura porque reduce reclamos y deja evidencia. Lo recomendable es:
- Identificar qué sedes y áreas están en las zonas y fechas de la norma.
- Comunicar la propuesta por escrito, con fechas, horarios y mecanismo de recuperación.
- Recoger la conformidad por correo, formato firmado o plataforma interna.
- Archivar la evidencia junto con tus demás documentos laborales (ver conservación de planillas y boletas).
Si no se logra consenso, la norma indica que el empleador decide cómo se recuperan las horas. Aun así, conviene comunicar la decisión con claridad y por escrito.
Paso 2: definir cómo se recuperan las horas
El acuerdo debe precisar la modalidad. Algunas opciones habituales:
- Extender la jornada diaria unos minutos u horas durante un período definido.
- Trabajar horas adicionales en días con menor carga operativa.
- Combinar ambas, según el área.
Tres cuidados prácticos:
- Define un plazo para completar la recuperación y un responsable que lo monitoree.
- Diferencia recuperación de sobretiempo. El D.S. 020-2026-TR solo dispone que el acuerdo defina cómo se recuperan las horas y no regula su pago; en la práctica, la recuperación debería mantenerse dentro de la jornada máxima legal para no confundirla con horas extras (valida el caso con tu área legal); revisa cómo se calculan en horas extras en Perú para no mezclar conceptos.
- Registra la recuperación con un control de asistencia confiable (ver formato de registro de asistencia).
Paso 3: identificar al personal esencial
Las actividades de especial relevancia pueden definir qué puestos siguen laborando. El MTPE menciona, entre otras: salud, limpieza y saneamiento, agua, electricidad, combustibles, transporte, comunicaciones, seguridad, servicios financieros, alojamiento, restaurantes y venta de alimentos.
Si tu empresa pertenece a uno de estos rubros:
- Lista los puestos y turnos críticos que deben mantenerse.
- Comunica de forma individual quién debe presentarse y en qué horario.
- Define cómo se compensará o recuperará el tiempo de quienes sí trabajen, según lo que corresponda. El decreto solo faculta a esas empresas a decidir qué puestos y trabajadores siguen laborando; no establece un pago o descanso específico para ellos, así que define el tratamiento en tu política interna y con asesoría legal.
Si tu empresa no está en esos rubros, no asumas que está exenta: la decisión de adoptar los días no laborables sigue el esquema de acuerdo o decisión del empleador.
Paso 4: tratamiento en planilla y boletas
Con la información oficial disponible, estos son los criterios prudentes:
- Documenta el día como no laborable compensable, no como feriado ni como falta.
- Cuida los descuentos. Antes de aplicar cualquier descuento por horas no trabajadas, valida el criterio con tu área legal; el carácter compensable de la medida apunta a la recuperación, no a la sanción. El D.S. 020-2026-TR no regula expresamente la remuneración del día no laborable; si no recibes lineamientos adicionales del MTPE, define el criterio de planilla con asesoría legal.
- Mantén coherencia en las boletas y explica a tu equipo cómo se verá reflejado el tema. Una buena referencia para comunicar es cómo leer la boleta de pago y qué descuentos pueden aparecer.
- Guarda el sustento (acuerdos, comunicaciones, registros de recuperación) ante una eventual fiscalización. Si quieres anticiparte, revisa cómo preparar tu empresa para una fiscalización de SUNAFIL.
Checklist para empleadores
- Confirmar qué sedes están en Lima, Callao u otras regiones cubiertas, y qué fechas les corresponden.
- Decidir si adoptarás los días no laborables y bajo qué esquema (acuerdo o decisión del empleador).
- Identificar puestos y turnos esenciales y avisar a cada persona.
- Redactar y enviar la comunicación al personal.
- Recoger y archivar la conformidad de los trabajadores.
- Definir modalidad, plazo y responsable de la recuperación de horas.
- Ajustar el control de asistencia para registrar la recuperación.
- Revisar calendario tributario y de clientes: los plazos no se mueven.
- Alinear con planillas cómo se reflejará el tratamiento en boletas.
- Informar a clientes y proveedores sobre horarios de atención.
Modelo de comunicación al personal
Puedes adaptar este texto:
Asunto: Días no laborables compensables por la visita del Papa León XIV
Estimado equipo:
De acuerdo con el Decreto Supremo N.º 020-2026-TR, se declararon días no laborables compensables para la visita del Papa León XIV. Proponemos adoptarlos en [sede/área] en las siguientes fechas: [fechas y horarios].
Las horas no trabajadas se recuperarán de la siguiente forma: [modalidad, fechas, horarios y plazo máximo]. Solo se recuperará el tiempo efectivamente no laborado.
Las áreas de [áreas esenciales] mantendrán su operación según el rol que se enviará de manera individual.
Les pedimos confirmar su conformidad respondiendo este correo hasta el [fecha]. Ante cualquier consulta, escriban a [contacto de RRHH].
Saludos cordiales, [Nombre y cargo]
Cierre: planifica con tiempo y deja todo por escrito
Los días no laborables compensables ofrecen flexibilidad, pero también exigen orden: acuerdo claro, recuperación definida, personal esencial identificado y registros listos. Hacerlo con anticipación evita reclamos y protege la continuidad del negocio. Si gestionas planillas, asistencia y comunicaciones desde un solo lugar, el proceso es mucho más simple; en Laborum Empresas puedes centralizar parte de ese trabajo de RRHH.
Fuentes oficiales: nota de prensa del MTPE (23 de octubre de 2026) y Decreto Supremo N.º 020-2026-TR, publicado en El Peruano el 22 de octubre de 2026.