Trasladar tu CTS a otro banco: paso a paso y plazos

Trasladar tu CTS a otro banco: paso a paso y plazos

¿Quieres mover tu CTS a otra entidad? Quién lo pide, qué debe hacer tu empleador, los plazos de 8 y 15 días hábiles y qué revisar al terminar el traslado.


¿Tu cuenta de CTS está en una entidad que ya no te conviene y no sabes si puedes cambiarla? ¿Tienes que esperar a renunciar, pedir permiso o ir tú mismo a mover el dinero? Son dudas frecuentes, sobre todo cuando se acercan los depósitos de mayo y noviembre. La buena noticia es que trasladar tu CTS a otro banco o entidad financiera es un derecho que la ley te reconoce, y el procedimiento es más simple de lo que parece si sabes quién hace cada parte.

Respuesta directa: sí, puedes trasladar tu CTS a otra entidad en cualquier momento y sin pedir autorización. Abres la nueva cuenta CTS y comunicas tu decisión por escrito a tu empleador. Él tiene 8 días hábiles para dar la instrucción a la entidad actual, y esta tiene 15 días hábiles para transferir el saldo y los intereses directamente a la nueva entidad.

Esta guía se enfoca solo en el procedimiento de traslado (la Ley N.° 32322, que permite retirar hasta el 100% de tu CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, no modifica las reglas de traslado entre depositarios). Si todavía estás pensando qué hacer con ese dinero, revisa primero qué hacer con tu CTS: ahorrar, pagar deudas o invertir.


¿Qué dice la ley sobre el traslado de la CTS?

La regla está en el Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por D.S. N.° 001-97-TR, publicado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Los puntos clave para el traslado son:

  • Artículo 26: el trabajador puede disponer “libremente y en cualquier momento” el traslado del monto acumulado de su CTS e intereses de un depositario a otro, notificando su decisión al empleador. El empleador, en 8 días hábiles, envía las instrucciones al depositario, y este debe trasladar el dinero directamente al nuevo depositario dentro de los 15 días hábiles de notificado. La demora del depositario puede ser sancionada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
  • Artículo 27: la entidad de origen debe informar a la nueva, bajo responsabilidad, sobre los depósitos y retiros efectuados, así como sobre las retenciones judiciales por alimentos u otras afectaciones que existan.
  • Artículo 23: debes elegir entre depositarios que tengan domicilio en la provincia donde está tu centro de trabajo; si no hay ninguno, en la provincia más próxima o de más fácil acceso.
  • Artículo 33: el trabajador tiene derecho a elegir un solo depositario. Por eso el traslado es del monto acumulado, no de una parte.

La guía de Compensación por Tiempo de Servicios publicada en gob.pe resume estas mismas reglas en su sección “Cambio de depositario”.


¿Quién hace qué en el traslado?

Una confusión común es pensar que basta con ir a la nueva entidad y “jalar” la CTS. En realidad, participan tres actores y cada uno tiene una tarea distinta:

ActorQué le correspondePlazo legal
Tú (trabajador)Abrir la nueva cuenta CTS y comunicar por escrito tu decisión al empleadorNo hay plazo: puedes hacerlo en cualquier momento
Tu empleadorEnviar a la entidad actual las instrucciones de traslado8 días hábiles desde tu comunicación
Entidad actualTransferir el saldo y los intereses directamente a la nueva entidad e informarle sobre depósitos, retiros y retenciones15 días hábiles desde que fue notificada
Nueva entidadRecibir el traslado y mantener la cuenta a tu nombreNo tiene un plazo propio en el art. 26

Fuente: artículos 26 y 27 del TUO de la Ley de CTS (D.S. N.° 001-97-TR).

Fíjate en un detalle: el dinero nunca pasa por tus manos ni por las del empleador. El traslado es directo entre entidades. Si alguien te pide retirar el saldo para “depositarlo” en otro lado, eso ya no es un traslado, y el retiro tiene reglas propias.


Paso a paso para trasladar tu CTS

1. Revisa tu situación actual

Antes de mover nada, ubica tu último estado de cuenta o la constancia de saldo de tu cuenta CTS. Anota:

  • El saldo total y la moneda de la cuenta (soles o dólares).
  • La fecha del último depósito de tu empleador.
  • Si existe alguna retención judicial (por ejemplo, por alimentos) o un préstamo garantizado con tu CTS, porque esa información viaja con el traslado.

Si nunca has revisado la liquidación de CTS que te entrega tu empleador, aprovecha para hacerlo. Según el artículo 29 del TUO, el empleador debe entregártela dentro de los cinco días hábiles de efectuado el depósito.

2. Elige y abre la nueva cuenta CTS

Compara las condiciones de las entidades autorizadas a recibir depósitos de CTS (el artículo 32 incluye, entre otras, entidades bancarias, financieras, cajas municipales y cooperativas de ahorro y crédito). Pregunta directamente qué requisitos piden para abrir la cuenta y cómo te entregarán la constancia de apertura con el número de cuenta. Recuerda la regla de la provincia del artículo 23.

3. Comunica tu decisión por escrito a tu empleador

Entrega a Recursos Humanos o al área de planillas una solicitud escrita con cargo de recepción (o un correo del que guardes copia). Incluye:

  1. Tu nombre completo y DNI.
  2. La entidad y el número de tu cuenta CTS actual.
  3. La nueva entidad, el número de la cuenta CTS y la moneda.
  4. El pedido expreso de que se instruya el traslado del saldo acumulado y sus intereses, conforme al artículo 26 del D.S. N.° 001-97-TR.
  5. La constancia de apertura de la nueva cuenta, como anexo.

Algunas empresas tienen su propio formato; si es así, úsalo, pero conserva siempre una copia con la fecha de recepción. Esa fecha es la que activa el plazo de 8 días hábiles.

4. Haz seguimiento a la instrucción del empleador

Pasados los 8 días hábiles, pide a tu empleador que te confirme la fecha en que envió la instrucción a la entidad actual. Esa fecha marca el inicio de los 15 días hábiles de la entidad.

5. Verifica la llegada del dinero

Cuando venza el plazo, consulta el saldo en la nueva cuenta y compáralo con el de la entidad anterior (más abajo tienes un checklist).


Ejemplo: cómo contar los plazos

Ejemplo (fechas y montos referenciales): Rocío entrega su solicitud de traslado a RR. HH. el lunes 18 de enero de 2027. Suponiendo que no hay feriados de por medio y contando solo días de lunes a viernes:

  • Plazo del empleador (8 días hábiles): desde el martes 19 de enero se cuentan 8 días hábiles, así que la empresa tiene hasta el jueves 28 de enero de 2027 para instruir a la entidad actual.
  • Plazo de la entidad (15 días hábiles): si la entidad recibe la instrucción el 28 de enero, se cuentan 15 días hábiles desde el viernes 29 de enero, y el traslado debería completarse a más tardar el jueves 18 de febrero de 2027.

En total, el proceso puede tomar hasta 23 días hábiles, es decir, algo más de un mes calendario. Si hay feriados en el periodo, la fecha final se corre.


¿Cuánto cuesta trasladar la CTS?

El TUO de la Ley de CTS no establece que el trabajador deba pagar algo al empleador por solicitar el traslado, y la obligación de instruirlo es parte de sus deberes legales. En cuanto a las entidades financieras, antes de iniciar el trámite pregunta a ambas si aplican algún cargo y revísalo en su tarifario, que deben tener a disposición del público. Si te cobran un concepto que no te informaron, guarda el comprobante para un posible reclamo.


¿Qué revisar cuando termina el traslado?

Usa esta lista cuando el dinero ya esté en la nueva cuenta:

Qué revisarDóndePor qué importa
Saldo recibidoEstado de cuenta de la nueva entidadDebe coincidir con el saldo trasladado más los intereses generados hasta la fecha del traslado
Cierre o saldo cero en la cuenta anteriorConstancia o estado de cuenta de la entidad de origenConfirma que no quedó un remanente sin mover
Moneda de la cuentaConstancia de aperturaEvita una conversión que no pediste
Retenciones o afectacionesNueva entidadEl art. 27 obliga a informarlas; deben figurar correctamente
Datos de la cuenta en la empresaRR. HH. o planillasEl siguiente depósito semestral debe ir a la cuenta nueva

Ejemplo (montos referenciales): el estado de cuenta anterior de Rocío mostraba un saldo de S/ 8,240.50 a la fecha del traslado. En la nueva cuenta figuran S/ 8,240.50 como monto recibido. La diferencia es S/ 0.00, así que el traslado está completo. Si hubiera visto S/ 7,900.00, faltarían S/ 340.50 (8,240.50 − 7,900.00), y tendría que pedir una explicación por escrito a la entidad de origen.

Un punto práctico: si el traslado está en curso cerca del 15 de mayo o del 15 de noviembre, confirma por escrito con tu empleador en qué cuenta hará el depósito de ese semestre. El plazo legal del depósito no cambia por el traslado; si tu empleador no deposita a tiempo, revisa qué hacer si tu empleador no deposita la CTS a tiempo. Y si quieres comprobar que el monto depositado es correcto, la calculadora de CTS te da una referencia rápida.


¿Qué hacer si el traslado no se realiza en el plazo?

  1. Si el retraso es del empleador: reitera tu solicitud por escrito, citando el artículo 26 y la fecha de tu primera comunicación. Si no hay respuesta, puedes acudir a la autoridad inspectiva de trabajo.
  2. Si el retraso es de la entidad financiera: presenta primero un reclamo ante la propia entidad, como indica la SBS en su sección Comunícate con tu empresa. Si no se soluciona, puedes presentar una denuncia ante la SBS adjuntando tu solicitud, la constancia de instrucción del empleador y los estados de cuenta.

Guarda todo: cargos de recepción, correos, constancias y capturas con fecha visible.


Preguntas frecuentes

¿Necesito el permiso de mi empleador para trasladar mi CTS? No. El artículo 26 del TUO dice que puedes disponer el traslado libremente y en cualquier momento. Solo debes notificar tu decisión; el empleador está obligado a cursar la instrucción en 8 días hábiles.

¿Puedo trasladar solo una parte de mi CTS? El artículo 26 habla del traslado del “monto acumulado” y el artículo 33 señala que el trabajador elige un solo depositario. Por eso el traslado se hace por el total acumulado y sus intereses.

¿Puedo trasladar mi CTS si ya dejé de trabajar en esa empresa? El procedimiento del artículo 26 se tramita a través del empleador. Si ya cesaste, el camino habitual es el retiro de los fondos según las reglas del cese; consulta tu caso con la entidad. Para el cálculo de lo que te corresponde al salir, revisa cómo calcular la CTS trunca.

¿Pierdo los intereses al cambiar de entidad? La ley ordena trasladar el monto acumulado “e intereses” hasta la fecha del traslado. A partir de ahí, la nueva cuenta generará los intereses que correspondan según sus propias condiciones.

¿Cada cuánto puedo trasladar mi CTS? La norma dice “en cualquier momento” y no fija un número máximo de traslados. Aun así, cada traslado puede tomar más de un mes, así que conviene decidir con calma.


Para entender mejor cómo se forma cada depósito semestral, puedes repasar gratificaciones y CTS en Perú: cuándo las cobras y cómo se calculan.

Información revisada a octubre de 2026.

Nota: Este artículo es información general y no constituye asesoría legal ni financiera personalizada. Revisa tu situación particular y confirma los detalles con las fuentes oficiales (MTPE, SBS, SUNAFIL) o con tu entidad financiera antes de tomar una decisión.

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