SCTR en Perú: qué es y quién debe contratarlo

SCTR en Perú: qué es y quién debe contratarlo

Qué es el SCTR en Perú, qué actividades obligan a contratarlo, qué cubre frente a EsSalud y qué sanciona SUNAFIL si tu empresa no lo contrata a tiempo.


Un operario que sube a un andamio, un técnico que opera una perforadora en socavón o un chofer que transporta explosivos en una cantera no están cubiertos por el mismo seguro que un asistente administrativo en oficina. Si tu empresa realiza alguna de esas actividades y no lo tiene claro, el problema no es teórico: es una obligación legal incumplida desde el primer día que ese trabajador pisa la planta, la mina o la obra. El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, conocido por su sigla SCTR, existe exactamente para eso, y no contratarlo no ahorra dinero — lo transfiere, sin aviso, al balance de la empresa el día que ocurre un accidente.

Qué es el SCTR y en qué se diferencia de EsSalud

El SCTR está regulado por la Ley N.° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, y su reglamento, el D.S. N.° 009-97-SA. Es, como su nombre lo indica, un seguro complementario: no reemplaza el aporte regular a EsSalud ni el sistema previsional (AFP u ONP) del trabajador, sino que se suma a ambos para cubrir de forma reforzada dos situaciones específicas — accidentes de trabajo y enfermedades profesionales — cuando ocurren en actividades clasificadas legalmente como de riesgo.

La diferencia con la cobertura regular de EsSalud no es de matiz, sino de alcance. Un descanso médico por una enfermedad común sigue las reglas generales de subsidio que ya explicamos en descanso médico por enfermedad en Perú: subsidio EsSalud; un accidente de trabajo o una enfermedad ocupacional en una actividad de riesgo, en cambio, entra en un régimen distinto, con atención médica sin los límites de tiempo y costo que sí aplican a la cobertura común, y con pensiones de invalidez, sobrevivencia y sepelio calculadas bajo reglas propias.

Quién está obligado a contratarlo: las actividades de riesgo

La obligación no depende de si la empresa “quiere” o no asegurar a su personal contra accidentes: depende de si su actividad económica —o parte de ella— está en el listado de actividades de riesgo aprobado por el D.S. N.° 003-98-SA, que recoge las normas técnicas del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSS). Ese listado, clasificado por código CIIU, incluye rubros como minería, hidrocarburos, electricidad, gas y agua, pesca industrial, construcción, y buena parte de la industria manufacturera que trabaja con maquinaria pesada, sustancias peligrosas o procesos con riesgo físico elevado.

Un punto que suele generar confusión: la obligación no se limita al CIIU principal declarado ante SUNAT. Si una empresa cuya actividad principal no es de riesgo tiene, aun así, una planta, un almacén o una cuadrilla que realiza labores clasificadas como riesgosas —por ejemplo, una empresa comercial con una flota que transporta materiales peligrosos—, los trabajadores expuestos a esa actividad específica también deben estar cubiertos, aunque el resto de la planilla no lo requiera.

Qué cubre exactamente: salud y pensión son dos contratos distintos

El SCTR no se contrata como una sola póliza, sino en dos coberturas separadas, con distintos proveedores posibles:

  • SCTR Salud. Cubre la atención médica, quirúrgica, farmacológica y de rehabilitación derivada de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. Puede contratarse con EsSalud o con una EPS (Entidad Prestadora de Salud) privada, a elección del empleador.
  • SCTR Pensión. Cubre invalidez, sobrevivencia y sepelio cuando el origen es un accidente de trabajo o una enfermedad ocupacional. A diferencia del componente de salud, esta cobertura solo puede contratarse con una compañía de seguros privada supervisada por la SBS: ni EsSalud, ni la ONP, ni las AFP pueden emitirla, aunque coexista con los aportes previsionales regulares del trabajador.

Ambas coberturas deben contratarse a favor de cada trabajador expuesto a la actividad de riesgo, identificado por nombre en la póliza, no como una cifra genérica de planilla.

SCTR vs. seguro de vida ley: cubren cosas distintas

Es común que se confundan porque ambos son seguros obligatorios y ambos involucran a una aseguradora, pero responden a lógicas distintas. El seguro de vida ley, exigible desde el primer día de la relación laboral por el Decreto de Urgencia N.° 044-2019, cubre fallecimiento o invalidez total y permanente del trabajador por cualquier causa, dentro o fuera del trabajo, y aplica a toda la planilla sin importar el rubro de la empresa. El SCTR, en cambio, cubre específicamente los eventos originados en el trabajo —accidente laboral o enfermedad profesional— y solo aplica a los trabajadores de empresas con actividad de riesgo. Una empresa de ese tipo necesita ambos seguros funcionando en paralelo; no son intercambiables ni uno sustituye al otro.

Qué pasa si tu empresa no lo contrata estando obligada

Aquí hay dos consecuencias, y conviene no confundirlas porque la segunda suele pesar más que la primera.

La primera es la sanción administrativa. No contratar el SCTR estando obligado se clasifica, dentro del reglamento de la Ley N.° 28806 (Ley General de Inspección del Trabajo), como una infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, y el cálculo de la multa sigue el mismo mecanismo que otras faltas de esa gravedad: un número de UIT que escala según la cantidad de trabajadores afectados. Con la UIT en S/ 5,500 (valor 2026, fijado por el D.S. N.° 301-2025-EF), una multa que ya en su tramo inferior alcanza 10 UIT asciende a S/ 55,000 — y ese monto crece con rapidez si la actividad de riesgo involucra a decenas de trabajadores, no a uno solo. Para entender cómo SUNAFIL llega a determinar estas sanciones y qué otros documentos revisa en una fiscalización, la guía SUNAFIL 2026: cómo preparar tu empresa para una fiscalización laboral desarrolla el procedimiento completo.

La segunda consecuencia, y la que de verdad puede comprometer a una empresa, es la responsabilidad directa. Si ocurre un accidente de trabajo o se diagnostica una enfermedad ocupacional y la empresa no contrató el SCTR estando obligada, no hay aseguradora que responda: el empleador debe asumir directamente el costo íntegro del tratamiento médico, la pensión de invalidez o sobrevivencia, y queda además expuesto a que el trabajador o su familia reclamen una indemnización adicional por daños. Un tratamiento de alta complejidad o una pensión de invalidez sostenida en el tiempo puede costarle a la empresa, sin seguro de por medio, muchas veces más que años de primas pagadas a tiempo.

Cómo contratarlo y mantenerlo vigente

Contratar el SCTR no es un trámite de una sola vez; es un proceso que hay que revisar cada vez que cambia la planilla o la operación de la empresa.

  1. Verifica tu actividad real contra el listado del D.S. N.° 003-98-SA, no solo el CIIU principal registrado ante SUNAT. Si tienes áreas o cuadrillas que realizan labores de riesgo aunque el negocio central no lo sea, esos puestos igual requieren cobertura.
  2. Contrata el componente de salud con EsSalud o con una EPS, comparando cobertura y tiempos de atención antes de decidir.
  3. Contrata el componente de pensión con una aseguradora privada supervisada por la SBS, y pide cotizaciones a más de una compañía: la prima varía según el nivel de riesgo de la actividad declarada.
  4. Identifica nominalmente a cada trabajador expuesto y mantén esa lista sincronizada con tu planilla real, no con una foto de hace seis meses. El error más frecuente es asegurar solo al personal “de campo” fijo y dejar fuera a quienes rotan temporalmente hacia zonas de riesgo.
  5. Revisa la cobertura cada vez que cambie tu dotación, siguiendo la misma lógica de actualización mensual que ya deberías aplicar al T-Registro. Si tu empresa todavía no tiene esa rutina consolidada, el checklist mensual PLAME y T-Registro para tu pyme es un buen punto de partida para instalarla, y conviene revisar también cómo aparece el aporte del SCTR junto a otros conceptos del empleador en la boleta de pago en Perú.

Un seguro que no se nota hasta que hace falta

El SCTR es uno de esos costos que ninguna gerencia disfruta aprobar porque no genera un retorno visible mes a mes, hasta el día en que sí lo hace, y para entonces ya es tarde para retroceder. Si tu empresa opera en minería, construcción, electricidad, pesca industrial o cualquier actividad del listado del CNSS —o tiene siquiera un área que roza esas labores—, verificar que el SCTR esté contratado, vigente y actualizado con la planilla real debería ser parte del mismo ciclo de cumplimiento que ya llevas para EsSalud, CTS y gratificaciones. Ese costo laboral completo, con todos los aportes obligatorios incluidos, es justamente lo que revisamos en cuánto cuesta un trabajador en planilla en Perú: el SCTR no es la partida más grande de esa lista, pero es la que más caro sale ignorar.

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