Retiro de AFP: reglas vigentes y cómo evaluar si conviene
Cómo funcionan los retiros extraordinarios de AFP y la entrega de hasta el 95.5% al jubilarte, con pros, contras y un checklist para decidir con calma.
Cada cierto tiempo vuelve la misma pregunta en el trabajo, en la familia o en redes: “¿ya se puede hacer el retiro de AFP?”. La respuesta depende de qué tipo de retiro hablemos y de qué ley esté vigente en ese momento. No es lo mismo un retiro extraordinario aprobado por el Congreso que la opción de retirar parte de tu fondo al jubilarte. En esta guía te explicamos ambas figuras, qué dice la norma y cómo pensar la decisión sin dejarte llevar por la urgencia.
Respuesta rápida: en Perú hay dos situaciones distintas. Los retiros extraordinarios solo existen si una ley los autoriza, con montos y plazos propios; el último, de hasta 4 UIT, ya cerró su plazo. Al jubilarte, en cambio, puedes pedir hasta el 95.5% de tu fondo en lugar de una pensión. Ninguna opción es buena o mala por sí misma.
Antes de seguir, una aclaración importante: este artículo es informativo y no te recomienda retirar ni dejar de retirar tu fondo. Su objetivo es que entiendas las reglas y las preguntas que conviene hacerte.
Qué es un retiro extraordinario de AFP
Un retiro extraordinario es una autorización temporal, creada por ley, para que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) saquen una parte de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) antes de jubilarse. No es un derecho permanente: cada retiro tiene su propia ley, su propio monto máximo y su propio plazo para presentar la solicitud. Cuando ese plazo vence, ya no puedes acogerte, aunque no hayas retirado nada.
En años recientes, el Congreso aprobó varias leyes de este tipo. La más reciente que pudimos verificar es la Ley N.° 32445, publicada en El Peruano el 20 de septiembre de 2025.
Cómo funcionó el último retiro de hasta 4 UIT
Según el texto de la Ley N.° 32445 y el procedimiento operativo aprobado por la SBS mediante la Resolución SBS N.° 03444-2025, estas fueron sus reglas principales:
| Aspecto | Qué estableció la norma |
|---|---|
| Quiénes podían pedirlo | Afiliados al SPP; el retiro era facultativo (voluntario) |
| Monto máximo | Hasta 4 UIT de los fondos de la CIC |
| Forma de pago | Hasta 1 UIT cada 30 días calendario, en un máximo de cuatro desembolsos |
| Plazo para solicitar | 90 días calendario desde la vigencia del procedimiento de la SBS (21 de octubre de 2025) |
| Desistimiento | Una sola vez, avisando a la AFP con al menos 10 días calendario de anticipación al siguiente desembolso |
| Protección del dinero | Intangible: no podía ser embargado, retenido ni compensado, salvo retenciones por deudas alimentarias de hasta el 30% |
Ese plazo de solicitud ya terminó. Si escuchas hablar de un “nuevo retiro”, recuerda que un proyecto de ley no es una ley: solo cuenta lo que se publica oficialmente.
¿Hay un retiro extraordinario vigente hoy?
A la fecha de revisión de este artículo no identificamos una nueva ley publicada que autorice otro retiro extraordinario. Como esto puede cambiar, las reglas dependen siempre de la ley vigente. Para confirmarlo, revisa:
- Las normas publicadas en El Peruano.
- El estado de los proyectos en el portal del Congreso.
- La información y los procedimientos que publique la SBS.
- Los canales oficiales de tu propia AFP, que son los únicos donde debes presentar una solicitud.
Desconfía de mensajes que te piden tu clave o un pago para “adelantar” un retiro. Ninguna AFP ni la SBS te pedirá eso por WhatsApp o redes sociales.
El retiro de hasta el 95.5% al jubilarte
La segunda figura es distinta y no depende de leyes temporales. Al momento de tu jubilación, puedes elegir entre recibir una pensión (por ejemplo, en retiro programado o renta vitalicia) o solicitar a tu AFP la entrega de hasta el 95.5% del fondo disponible en tu CIC de aportes obligatorios. El 4.5% restante lo retiene la AFP y lo transfiere a EsSalud.
Esta opción tuvo un cambio reciente: la Ley N.° 32445 modificó lo dispuesto sobre ella en la Ley N.° 32123 de modernización del sistema previsional. Como los detalles (por ejemplo, la forma de entrega del dinero o la pérdida de la garantía estatal) pueden cambiar, confirma siempre las condiciones vigentes con tu AFP y la SBS. Si quieres entender cómo se arma la pensión que dejarías de recibir, revisa cómo estimar tu pensión AFP sin prometer un monto final.
Un punto clave: si retiras el 95.5%, ese dinero ya no financia una pensión mensual. La SBS explica en su página sobre la entrega de hasta el 95.5% del fondo qué implica esta elección; revísala antes de firmar cualquier formulario.
Ejemplo: cómo se reparte el fondo al elegir el 95.5%
Ejemplo ilustrativo con cifras supuestas, no es una proyección. Imagina que al jubilarte tu CIC de aportes obligatorios suma S/ 120,000:
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Entrega máxima al afiliado | 95.5% × S/ 120,000 | S/ 114,600 |
| Transferencia a EsSalud | 4.5% × S/ 120,000 | S/ 5,400 |
| Pensión mensual con ese fondo | — | Ninguna, si se elige la entrega total |
La pregunta de fondo no es “¿cuánto recibo hoy?”, sino “¿con qué voy a cubrir mis gastos durante los años que vienen después?”.
Ejemplo: qué significaría un tope de 4 UIT en 2026
Ejemplo hipotético. La UIT para 2026 es de S/ 5,500, según el Decreto Supremo N.° 301-2025-EF. Si una ley futura repitiera un tope de 4 UIT, el máximo sería 4 × S/ 5,500 = S/ 22,000. Pero el monto real lo fijaría esa ley, y nunca podrías retirar más de lo que tienes en tu cuenta: si tu saldo fuera S/ 9,000, ese sería tu límite práctico.
Esto es solo un cálculo para entender la escala. No significa que exista hoy un retiro con esas condiciones.
Pros y contras de retirar fondos de la AFP
Cada persona vive una situación distinta, así que conviene mirar ambos lados con la misma seriedad.
Posibles ventajas:
- Liquidez inmediata ante una emergencia real (salud, pérdida de empleo, deuda con intereses muy altos).
- Control directo sobre el uso del dinero.
- En el caso de los retiros extraordinarios, la norma protegió el dinero retirado frente a embargos, con la excepción de deudas alimentarias.
Posibles desventajas:
- Menos fondo para tu pensión futura: lo que retiras deja de acumular aportes y rentabilidad dentro de tu cuenta.
- Un saldo menor también reduce el monto sobre el que se calculará tu pensión, que ya depende de factores como las comisiones de tu AFP y su efecto en tu aporte.
- El dinero retirado puede gastarse rápido si no tiene un destino claro.
- Al jubilarte, elegir el 95.5% implica asumir tú mismo el riesgo de que el dinero no alcance durante toda tu vejez.
Checklist para decidir con calma
Antes de presentar cualquier solicitud, responde estas preguntas por escrito:
- ¿Existe una ley vigente que lo autorice? Verifícalo en El Peruano y la SBS, no en cadenas de mensajes.
- ¿Para qué necesito exactamente el dinero? Escribe el monto y el destino. Si no puedes responder con precisión, quizá no sea el momento.
- ¿Tengo alternativas? Un fondo de emergencia, una renegociación de deuda o un ajuste de gastos pueden cubrir parte de la necesidad. En qué hacer con tu primer sueldo hay ideas para armar ese colchón.
- ¿Cuánto tengo realmente en mi cuenta? Consulta tu saldo en los canales oficiales de tu AFP y confirma que tus aportes estén al día; si notas meses faltantes, revisa cómo verificar aportes AFP no depositados.
- ¿Qué pasa con mi pensión si retiro? Si estás cerca de jubilarte, pide a tu AFP una simulación de pensión y compárala con la opción del 95.5%.
- ¿Entiendo lo que firmo? Lee el formulario completo y guarda la constancia de tu solicitud.
Si recién empiezas a trabajar formalmente y todavía estás eligiendo sistema, te ayudará leer AFP u ONP: cómo elegir en tu primer empleo formal. Y para ver cuánto te descuentan cada mes, puedes usar la calculadora de sueldo neto.
Información revisada a octubre de 2026. Las reglas pueden cambiar con nuevas leyes o reglamentos.
Nota: esta guía es información general, no asesoría financiera personalizada. Revisa tu caso con tu AFP y en las fuentes oficiales (SBS, El Peruano) antes de decidir.
Preguntas frecuentes
¿Puedo retirar mi fondo de AFP en este momento?
Solo si una ley vigente lo autoriza o si estás tramitando tu jubilación. El último retiro extraordinario de hasta 4 UIT ya cerró su plazo de solicitud. Revisa El Peruano y la SBS para confirmar si se publicó una norma nueva.
¿Un proyecto de ley de retiro ya me permite solicitarlo?
No. Un proyecto debe ser aprobado, promulgado y publicado, y normalmente la SBS debe aprobar un procedimiento operativo. Hasta entonces, ninguna AFP puede recibir solicitudes bajo esas reglas.
¿El retiro del 95.5% es obligatorio al jubilarme?
No. Es una opción. Al jubilarte puedes elegir recibir una pensión en alguna de las modalidades disponibles o pedir la entrega de hasta el 95.5% de tu fondo de aportes obligatorios. El 4.5% restante va a EsSalud.
¿Me pueden embargar el dinero de un retiro extraordinario?
En el retiro de hasta 4 UIT, la Ley N.° 32445 estableció que el dinero era intangible, con la excepción de retenciones por deudas alimentarias de hasta el 30%. Si se aprueba un nuevo retiro, revisa lo que diga esa ley específica.
¿Dónde presento la solicitud si se aprueba un nuevo retiro?
Únicamente en los canales oficiales de tu AFP, siguiendo el procedimiento que publique la SBS. No compartas tu clave ni pagues a terceros que ofrezcan “tramitar” o “adelantar” tu retiro.