Queja por hostigamiento sexual laboral: línea de tiempo y control de medidas de protección
Controla recepción, protección, investigación, informe, decisión y seguimiento de una queja de hostigamiento sexual laboral.
Una queja de hostigamiento sexual exige actuar desde la recepción. La línea de tiempo evita que protección, investigación y comunicaciones dependan de la memoria o de un correo individual.
Cada hito debe registrar fecha, responsable, evidencia y siguiente vencimiento.
Aviso: este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal, psicológica o de protección. Aplica la Ley 27942, su Reglamento y el régimen correspondiente al caso.
Recepción segura y activación del caso
RR. HH. debe poder recibir una queja verbal o escrita y activar el procedimiento sin exigir un formato perfecto. La orientación de SUNAFIL sobre obligaciones ante un caso resume canales, atención y protección.
Registra fecha y hora, persona receptora, relato en sus términos, personas involucradas, medios mencionados y necesidad inmediata. No interrogues para decidir credibilidad en la recepción.
Primer contacto
Explica próximos pasos, confidencialidad posible, límites, canales de apoyo y no represalia. Pregunta por seguridad actual y medio seguro de contacto.
Asigna ID y custodio. Separa expediente de legajo y correo general. Si la persona denunciada controla RR. HH. o el canal, activa alternativa independiente.
Medidas de protección y no represalia
La normativa prevé poner a disposición canales de atención y adoptar medidas de protección con celeridad. SUNAFIL recuerda, en su orientación oficial de denuncias, los plazos y ejemplos aplicables; verifica el texto vigente al registrar cada hito.
Evalúa riesgo, contacto, jerarquía, ubicación, horarios y comunicaciones. Las medidas pueden involucrar rotación o suspensión de la persona denunciada y, solo a pedido de la presunta víctima, su cambio de lugar, entre otras previstas.
No presentes protección como sanción anticipada. Define finalidad, duración, responsable, comunicación mínima y revisión. Prohíbe represalias y monitorea cambios de turno, evaluación, contrato o trato.
Tablero restringido
Registra medida, fecha, aprobador, persona que ejecuta, verificación y revisión. El tablero muestra estado, no detalles del relato.
Investigación, descargos y manejo de evidencia
Deriva al Comité o delegado según corresponda. Comprueba competencia, vigencia y conflicto de interés. Si existe conflicto, aplica reemplazo documentado.
Construye plan de investigación con hechos, fuentes, entrevistas y plazos. Conserva mensajes, registros, cámaras o documentos sin pedir a la víctima que confronte a la persona denunciada.
El marco normativo del MIMP reúne las normas para revisar enfoques y procedimiento.
Recibe descargos y garantiza oportunidad de presentar evidencia dentro del marco aplicable. No difunda la queja completa a personas que solo deben ejecutar una medida.
Valoración sin estereotipos
Analiza coherencia, contexto, corroboración disponible y asimetrías. Ausencia de testigos o demora no descarta automáticamente. Tampoco conviertas una denuncia en culpabilidad previa. Sustenta cada conclusión.
Versiona actas e informe. Registra quién accedió y elimina copias de trabajo al cerrar su finalidad.
Informe, decisión y comunicaciones obligatorias
El Comité emite informe con antecedentes, actuaciones, análisis, conclusiones y recomendación según su competencia. RR. HH. adopta decisión y sanción cuando corresponda, respetando el debido procedimiento.
Usa una matriz de hitos basada en el Reglamento, no en plazos inventados:
| Hito | Fecha base | Responsable | Cargo |
|---|---|---|---|
| Recepción | Conocimiento | RR. HH. | Registro |
| Protección | Plazo legal | RR. HH. | Medida verificada |
| Investigación | Derivación | Comité/delegado | Informe |
| Decisión | Recepción de informe | Autoridad | Comunicación |
| Reporte | Supuesto aplicable | Responsable | Constancia |
Valida comunicaciones a MTPE u otra autoridad que correspondan al caso. No supongas que todos los regímenes usan el mismo canal.
Errores frecuentes:
- exigir pruebas completas para recibir;
- esperar al Comité para proteger;
- trasladar a la víctima sin solicitarlo;
- entrevistar en grupo;
- compartir el expediente con jefaturas;
- cerrar sin verificar no represalia.
Cierre, seguimiento y conservación restringida
Comunica la decisión a quienes corresponda con el alcance permitido. Registra medidas permanentes, recursos y vías de orientación.
Revisión de la línea de tiempo
Antes de cerrar, una persona independiente del registro confirma fechas base, plazos, cargos, derivaciones y comunicaciones. Distingue demora justificada de un hito omitido. No alteres la fecha original para que el expediente parezca oportuno.
Si hubo demora, documenta causa, impacto y medida correctiva. Evalúa si afectó protección, evidencia o defensa y solicita asesoría sobre el remedio.
Control de no represalia
Define contactos de seguimiento y señales: cambios injustificados de turno, funciones, evaluación, contrato, acceso o trato. Consulta con la persona afectada por un canal seguro sin exigir nuevas declaraciones.
Las jefaturas reciben instrucciones concretas y confidenciales. No se les entrega el informe completo. Cualquier decisión laboral posterior debe tener sustento independiente y revisión reforzada.
Cierre de medidas
No retires una protección solo porque terminó la investigación. Evalúa riesgo, decisión, voluntad de la persona protegida y condiciones del centro. Registra quién autorizó y cómo se comunicó.
Si una medida se vuelve permanente, actualiza funciones, acceso o ubicación sin revelar el motivo en sistemas generales. Conserva la justificación en el expediente restringido.
Aprendizaje sin identificar
Extrae fallas del sistema: canal desconocido, demora, conflicto, acceso excesivo o capacitación insuficiente. Asigna acciones preventivas sin narrar el caso ni permitir deducir identidades.
Verifica la acción. Una nueva política publicada no corrige por sí sola una bandeja sin suplente o un Comité incompleto.
Registra evidencia de eficacia y la fecha de revisión.
Realiza seguimiento de protección y no represalia después del cierre. Revisa cambios de puesto, evaluación, contrato y ambiente sin obligar a la persona a repetir el relato.
Define conservación por norma, controversia y necesidad; restringe accesos y registra entregas. El nuevo Reglamento de Protección de Datos Personales refuerza seguridad y responsabilidad proactiva.
Un único dueño para la línea de tiempo
Asigna a una persona responsable de consolidar hitos sin asumir la investigación completa. Cada área comunica inicio, entrega y observación mediante un identificador común. La línea distingue fecha del hecho, recepción, actuación y comunicación; mezclar estos momentos puede crear una apariencia falsa de demora o cumplimiento.
Revisa dependencias abiertas al menos en cada cambio de etapa y escala antes de que se conviertan en incumplimiento. Si una actuación se reprograma, conserva motivo, decisión y nueva previsión interna. La herramienta no debe contener detalles íntimos que pertenecen al expediente reservado: basta con el hito, responsable, estado y evidencia de ejecución.
Integra el flujo con qué hacer ante hostigamiento, expediente para elegir el comité de intervención y la guía de expediente de investigación interna de denuncias. El cierre correcto combina decisión, protección sostenida y archivo controlado.