Licencia por paternidad en Perú: cuántos días y cómo pedirla

Licencia por paternidad en Perú: cuántos días y cómo pedirla

Descubre cuántos días de licencia por paternidad tienes en Perú según la Ley N.° 29409, cuándo se amplía a 20 o 30 días y cómo solicitarla sin perder tu sueldo.


Tu pareja está por dar a luz o tu hijo ya nació, y no tienes claro cuántos días puedes faltar al trabajo sin que te descuenten el sueldo ni te llamen la atención. La respuesta está en la Ley N.° 29409, la norma que regula la licencia por paternidad en Perú, y en su modificatoria, la Ley N.° 30807, que en 2018 amplió los días de descanso que te corresponden como padre trabajador.

Nota importante: este artículo tiene fines informativos y no reemplaza una asesoría legal. Ante un caso particular, confirma siempre los detalles con el área de Recursos Humanos de tu empresa o con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

¿Qué es la licencia por paternidad y a quién aplica?

Es un descanso remunerado que la ley otorga al padre trabajador con motivo del nacimiento de su hijo o hija. A diferencia de otros permisos que dependen del criterio de cada empresa, este es un derecho laboral reconocido: tu empleador no puede negártelo si cumples con las condiciones que establece la norma.

Aplica tanto a trabajadores del régimen laboral de la actividad privada como a servidores públicos, y no importa el tipo de contrato que tengas. Si trabajas a plazo fijo, a tiempo parcial o bajo el régimen laboral especial de alguna actividad económica, el derecho se mantiene; lo que puede variar son algunos detalles del trámite interno. Si tienes dudas sobre cómo tu tipo de vínculo laboral afecta tus beneficios, revisa nuestra guía sobre los tipos de contrato de trabajo en Perú.

Lo que la ley no cubre es a quienes trabajan bajo un contrato de locación de servicios (recibo por honorarios), ya que la licencia por paternidad es un beneficio propio de la relación laboral dependiente, es decir, de quienes están en planilla.

¿Cuántos días de licencia por paternidad te corresponden?

El artículo 2 de la Ley N.° 29409, modificado por la Ley N.° 30807, establece tres escenarios distintos:

  • 10 días calendario consecutivos, en el caso general de parto natural o cesárea sin complicaciones.
  • 20 días calendario consecutivos, cuando el hijo o hija nace de forma prematura o cuando se trata de un parto múltiple (mellizos, trillizos).
  • 30 días calendario consecutivos, cuando el recién nacido presenta una enfermedad congénita terminal o una discapacidad severa, o cuando se presentan complicaciones graves en la salud de la madre.

Fíjate en un detalle que suele generar confusión: son días calendario, no días hábiles. Es decir, cuentan también los sábados, domingos y feriados que caigan dentro del periodo, no solo los días de oficina.

Ejemplo: si tu hijo o hija nace el 3 de setiembre y el parto no presenta complicaciones, tu licencia corre por 10 días calendario consecutivos desde la fecha que coordines con tu empleador (normalmente desde el nacimiento), es decir, hasta el 12 de setiembre. Si en cambio se trata de un parto múltiple o el bebé nace prematuro, ese mismo cálculo se extiende hasta el 22 de setiembre (20 días).

Cómo solicitar tu licencia por paternidad: plazo de aviso y documentos

La ley te pide comunicar a tu empleador el uso de este derecho con una anticipación no menor de 15 días calendario a la fecha probable de parto. En la práctica, esto significa que no puedes avisar el mismo día del nacimiento y esperar que todo el trámite se resuelva sin fricción: entre antes se lo comuniques por escrito a Recursos Humanos, mejor.

Siguiendo el ejemplo anterior, si la fecha probable de parto es el 3 de setiembre, deberías presentar tu comunicación escrita a más tardar el 19 de agosto.

Para formalizar la solicitud, generalmente necesitas:

  1. Una comunicación escrita dirigida a tu empleador (carta o correo corporativo con acuse de recibo), indicando la fecha probable de parto.
  2. El certificado médico o documento que acredite el embarazo y la fecha probable de parto, y luego el certificado de nacimiento una vez ocurrido este.
  3. Si tu caso corresponde a los 20 o 30 días ampliados, el sustento médico que acredite el motivo: parto múltiple o prematuridad para los 20 días, y enfermedad congénita terminal, discapacidad severa del recién nacido o complicaciones graves de salud de la madre para los 30 días.

Guarda copia de todo lo que entregues y pide que quede constancia de la fecha de recepción. Si tu empresa no tiene un formato propio, puedes usar una carta simple donde indiques tu nombre, DNI, cargo, la fecha probable (o real) del nacimiento y el número de días que te corresponden según tu caso.

¿Quién paga la licencia por paternidad: tu empresa o EsSalud?

Aquí está una de las diferencias más importantes frente a otros permisos relacionados con el nacimiento: la licencia por paternidad es un permiso remunerado que paga directamente tu empleador, como si hubieras trabajado esos días con normalidad. No pasa por el mecanismo de subsidio de EsSalud que sí aplica, por ejemplo, en la licencia de maternidad.

Eso quiere decir que no deberías ver ningún descuento en tu boleta de pago por los días de licencia por paternidad, ni depender de un reembolso posterior. Si notas un descuento, es momento de conversar con Recursos Humanos y revisar tu boleta con detalle; te puede ayudar nuestra guía sobre cómo leer tu boleta de pago en Perú.

Licencia por paternidad vs. licencia de maternidad: no son lo mismo

Aunque ambas se activan por el mismo hecho (el nacimiento de un hijo o hija), no tienen el mismo alcance ni el mismo mecanismo de pago. La licencia de maternidad dura 98 días (49 de descanso prenatal y 49 de postnatal), se financia mediante un subsidio de EsSalud y busca proteger la recuperación física de la madre y el vínculo temprano con el bebé. La licencia por paternidad, en cambio, dura entre 10 y 30 días según el caso, la paga directamente el empleador y su objetivo es que el padre pueda acompañar el nacimiento y apoyar en los primeros días sin perder ingresos.

Si tu pareja también trabaja de forma dependiente, vale revisar en conjunto ambos beneficios: nuestra guía sobre la licencia de maternidad en Perú explica el subsidio de EsSalud, el permiso de lactancia y la protección contra el despido durante el embarazo, con detalles que no repetimos aquí porque corresponden a un derecho distinto.

¿Y si eres padre por adopción?

La Ley N.° 29409 regula específicamente los casos de nacimiento (parto), no de adopción. Para los procesos de adopción existe una norma distinta, la Ley N.° 27409, que otorga una licencia de 30 días naturales al padre o a la madre que adopta un niño o niña menor de 12 años, contados desde la entrega física del menor. Este beneficio no aplica si el padre o la madre ya hizo uso de la licencia por maternidad o paternidad relacionada con ese mismo hijo o hija.

Qué hacer si tu empleador no respeta tu licencia por paternidad

Si presentaste tu solicitud dentro del plazo y con el sustento correspondiente, y aun así tu empleador se niega a otorgarte los días, te presiona para no tomarlos o te descuenta el sueldo, puedes:

  1. Pedir la respuesta por escrito. Que la negativa o la demora quede documentada, no solo conversada de forma verbal.
  2. Escalarlo dentro de la empresa. En varios casos se trata de desconocimiento del área de RR. HH. sobre los plazos exactos, no de una negativa deliberada.
  3. Consultar o presentar tu caso ante el MTPE. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo atiende consultas y denuncias sobre el incumplimiento de derechos laborales como este.
  4. Buscar asesoría legal laboral si la situación no se resuelve por las vías anteriores.

Si además de negarte la licencia sientes que tu puesto está en riesgo, revisa nuestra guía sobre qué derechos tienes si te despidieron en Perú para entender cómo actuar.

Otros derechos que te conviene revisar antes de convertirte en padre

Planificar tu licencia por paternidad es un buen momento para revisar el resto de tus beneficios laborales. Nuestra guía sobre beneficios y derechos laborales en Perú te da un panorama completo de lo que te corresponde como trabajador dependiente, útil para confirmar que todo lo demás también esté en orden mientras te concentras en tu familia.

Preguntas frecuentes

¿La licencia por paternidad aplica si tengo un contrato a plazo fijo o trabajo a tiempo parcial?

Sí. El derecho no depende del tipo de contrato, sino de que estés registrado en planilla bajo una relación laboral dependiente, ya sea del régimen privado o público.

¿Los días de licencia son calendario o días hábiles?

Son días calendario consecutivos, lo que incluye fines de semana y feriados dentro del periodo de descanso.

¿Puedo fraccionar mi licencia por paternidad en varios periodos?

La norma la establece como días consecutivos, no como un beneficio que se pueda repartir en bloques separados a lo largo del tiempo. Si necesitas flexibilidad adicional (por ejemplo, coordinar el inicio exacto del descanso), consúltalo directamente con Recursos Humanos.

¿Qué pasa si mi hijo nace antes de la fecha probable de parto?

El cálculo de tus días se ajusta a la fecha real del nacimiento. Comunica el cambio a tu empleador apenas ocurra, junto con el certificado de nacimiento correspondiente, y coordina el inicio efectivo de tu licencia.

¿Puedo tomar la licencia si soy padre por adopción?

No bajo la Ley N.° 29409, que regula específicamente los casos de parto. Para adopción aplica la Ley N.° 27409, con 30 días naturales de licencia para el padre o la madre adoptante, siempre que el niño o niña tenga menos de 12 años.

¿Qué pasa si trabajo de forma independiente, con recibo por honorarios?

Este beneficio corresponde a trabajadores en planilla bajo una relación laboral dependiente. Si prestas servicios mediante locación de servicios, la licencia por paternidad no te resulta aplicable en los mismos términos.

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