Constancia de trabajo en Perú: cómo pedirla y modelo
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Constancia de trabajo en Perú: cómo pedirla y modelo

Aprende cómo pedir una constancia de trabajo en Perú, usa un modelo de solicitud y distingue este documento del certificado de trabajo y la constancia de cese CTS.


La constancia de trabajo suele pedirse mientras el vínculo laboral continúa para acreditar que una persona trabaja en una empresa. Si la relación ya terminó, el documento que la norma laboral identifica expresamente es el certificado de trabajo: el empleador debe entregarlo dentro de las 48 horas siguientes al cese.

No son lo mismo que la constancia de cese, que se utiliza para disponer de la compensación por tiempo de servicios (CTS). Primero identifique qué documento necesita el trámite y luego presente una solicitud por un canal que deje evidencia.

Modelo de solicitud de constancia de trabajo

Este modelo está pensado para solicitar una constancia durante una relación laboral vigente. Complete los campos entre corchetes y retire cualquier dato que el destinatario del trámite no exija.


Asunto: Solicitud de constancia de trabajo

Señores [razón social o área de Recursos Humanos]:

Yo, [nombre completo], identificado(a) con [tipo y número de documento], solicito la emisión de una constancia de trabajo que indique mi vínculo laboral vigente, fecha de ingreso y cargo actual.

[Si corresponde: Solicito que también se consigne [dato adicional], porque el documento será presentado ante [entidad o tipo de trámite].]

Agradeceré que el documento sea enviado a [correo] o se me informe el canal de recojo.

Atentamente,

[Nombre completo]

[Teléfono o correo]

[Fecha]


Guarde el correo enviado, el número de ticket o el cargo de recepción. Esa evidencia permite acreditar qué pidió y cuándo lo hizo.

Constancia, certificado y constancia de cese: diferencias

DocumentoCuándo se usaContenido principalRegla de plazo citada
Constancia de trabajoHabitualmente, durante el vínculo vigenteIdentidad, empresa, fecha de ingreso y cargo actualLa regla de 48 horas del D. S. N.° 001-96-TR se refiere al certificado después del cese; no debe trasladarse automáticamente a esta constancia
Certificado de trabajoDespués del ceseTiempo de servicios y naturaleza de las labores desempeñadasDebe entregarse dentro de las 48 horas siguientes al cese
Constancia de cesePara disponer de la CTS tras el término del vínculoAcredita el cese para el procedimiento vinculado a la CTSTiene una finalidad y un procedimiento propios; no reemplaza al certificado de trabajo

En el uso cotidiano, algunas empresas llaman “constancia” al certificado. El nombre no debería ocultar la finalidad: si ya hubo cese, solicite un documento que cumpla con el contenido y el plazo del certificado de trabajo.

Cómo pedirla paso a paso

  1. Confirme el documento requerido. Pregunte a la entidad receptora si necesita acreditar un vínculo vigente, una experiencia concluida o el cese para retirar la CTS.
  2. Revise los datos solicitados. Verifique si requieren cargo, fecha de ingreso, remuneración u otra información. No todos los trámites piden lo mismo.
  3. Presente la solicitud por escrito. Envíela al canal de Recursos Humanos, mesa de partes o responsable designado.
  4. Conserve prueba de recepción. Guarde el cargo, correo, ticket y respuestas.
  5. Revise el documento. Compruebe nombres, número de documento, razón social, cargo, fechas y firma antes de presentarlo.

Si ya terminó la relación laboral, indique la fecha exacta de cese y solicite expresamente el certificado de trabajo. Para organizar otros documentos del cierre, consulte qué hacer si fue despedido y cuáles son sus derechos.

Qué datos conviene revisar

Una constancia para acreditar un vínculo vigente puede incluir:

  • razón social y RUC de la empresa;
  • nombre completo y documento de identidad de la persona;
  • fecha de ingreso y cargo actual;
  • fecha de emisión;
  • nombre, cargo y firma de quien emite el documento;
  • dato adicional exigido por el trámite, solo cuando corresponda.

No existe un único modelo para todos los usos. Por ejemplo, la remuneración puede ser necesaria para una evaluación crediticia, pero no es un dato mínimo del certificado de trabajo descrito por la norma citada. Confirme el requisito y evite solicitar datos personales innecesarios.

Qué debe contener el certificado después del cese

La Tercera Disposición Final del D. S. N.° 001-96-TR señala que el certificado debe indicar el tiempo de servicios y la naturaleza de las labores desempeñadas. Una apreciación sobre la conducta o el rendimiento solo se incorpora si el trabajador la solicita.

Por eso, después del cese revise al menos:

  • fecha de ingreso y fecha de cese;
  • cargo, funciones o naturaleza de las labores;
  • identificación de la empresa y de la persona;
  • fecha de emisión y firma autorizada.

El motivo del cese no forma parte del contenido mínimo descrito por esa disposición. Si busca documentar una renuncia, utilice además una carta de renuncia con constancia de entrega.

Si existen errores, demora o falta de respuesta

  • Error de datos: pida la corrección por escrito y adjunte el documento que permita contrastar la información.
  • Constancia durante el vínculo: haga seguimiento según el canal interno. No afirme que el plazo legal de 48 horas aplica a este pedido, porque la regla citada corresponde al certificado posterior al cese.
  • Certificado después del cese: recuerde por escrito la fecha de terminación y la obligación de entrega dentro de las 48 horas siguientes. Si el problema continúa, solicite orientación a Sunafil o asesoría laboral para evaluar el caso concreto.
  • Constancia de cese CTS: utilice el procedimiento específico. El servicio oficial del MTPE contempla determinados supuestos, como negativa, demora o imposibilidad del empleador; sus requisitos no se sustituyen con una constancia de trabajo.

Preguntas frecuentes

¿La constancia de trabajo y el certificado de trabajo son iguales?

En el lenguaje cotidiano pueden confundirse. En esta guía, “constancia” identifica el documento usado para acreditar un vínculo vigente; “certificado” identifica el documento que el empleador debe entregar después del cese con el tiempo de servicios y la naturaleza de las labores.

¿La empresa tiene 48 horas para entregar una constancia durante el vínculo?

La regla citada de 48 horas corresponde al certificado de trabajo después del cese. No debe presentarse como un plazo legal general para cualquier constancia solicitada durante una relación vigente.

¿Cuándo deben entregarme el certificado de trabajo?

Dentro de las 48 horas siguientes al cese, de acuerdo con la Tercera Disposición Final del D. S. N.° 001-96-TR.

¿El certificado debe incluir una evaluación de desempeño?

No de manera automática. La norma permite incluir una apreciación sobre conducta o rendimiento únicamente si el trabajador la solicita.

¿La constancia de cese CTS acredita mi experiencia laboral?

No cumple esa finalidad. Es un documento distinto, relacionado con la disposición de la CTS. Para acreditar la experiencia concluida, solicite el certificado de trabajo.

Fuentes oficiales

Última revisión: 1 de septiembre de 2026.

Aviso: este contenido es informativo y no reemplaza asesoría legal. Los requisitos de un banco, consulado, entidad pública o empleador pueden variar. Revise el trámite específico y las fuentes oficiales vigentes antes de actuar.

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