Suspensión de retenciones de cuarta categoría 2026: requisitos y trámite
Revisa los límites SUNAT 2026, cuándo pedir la suspensión de cuarta categoría con el Formulario 1609 y qué hacer si luego superas el monto anual.
Respuesta rápida: en 2026 puedes solicitar la suspensión de retenciones y pagos a cuenta de cuarta categoría si proyectas que tus ingresos de cuarta categoría —o la suma de cuarta y quinta— no superarán S/ 48,125. Para directores de empresa, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas, regidores y actividades similares, el límite anual es S/ 38,500. El trámite se realiza con Clave SOL mediante el Formulario Virtual 1609; SUNAT evalúa si cumples los requisitos.
Esta guía fue revisada el 1 de septiembre de 2026 con información oficial de SUNAT. Es informativa y no sustituye asesoría tributaria para un caso particular.
Límites de cuarta categoría para 2026
SUNAT publica dos referencias según el tipo de ingreso:
| Situación | Referencia mensual | Límite anual proyectado |
|---|---|---|
| Rentas ordinarias de cuarta categoría, solas o junto con rentas de quinta categoría | S/ 4,010 | S/ 48,125 |
| Funciones de director, síndico, mandatario, gestor de negocios, albacea, regidor o similares, incluso combinadas con otras rentas de cuarta o quinta | S/ 3,208 | S/ 38,500 |
Para pedir la suspensión debes revisar tu proyección anual, no solo lo que cobras en un mes. Si trabajas en planilla y además emites recibos por honorarios, suma tus ingresos proyectados de cuarta y quinta categoría para compararlos con el límite aplicable.
La Resolución de Superintendencia N.° 000390-2025/SUNAT fijó estos importes para el ejercicio 2026 y dispuso que se apliquen a las solicitudes presentadas desde el 1 de enero de 2026.
¿Cuándo te retienen el 8%?
Cuando una empresa, persona o entidad calificada como agente de retención paga tu recibo por honorarios, corresponde una retención equivalente al 8% del importe total, salvo que aplique una excepción.
SUNAT señala que no se efectúa la retención cuando:
- el recibo por honorarios es de S/ 1,500 o menos; o
- cuentas con una autorización de suspensión vigente y tus ingresos no superan el límite anual que te corresponde.
Que un recibo individual sea de S/ 1,500 o menos evita la retención sobre ese comprobante, pero no elimina por sí solo una eventual obligación de declarar o pagar. Debes controlar el total de ingresos del mes y tu proyección anual. Puedes revisar la regla en la página oficial de declaración y pago de trabajadores independientes.
Cómo solicitar la suspensión con el Formulario 1609
La solicitud está disponible desde el 1 de enero de 2026. Sigue estos pasos:
- Proyecta todos tus ingresos de cuarta categoría que esperas percibir durante 2026.
- Si también recibes sueldo en planilla, incorpora tus rentas proyectadas de quinta categoría.
- Ingresa a SUNAT Virtual con tu RUC o DNI y Clave SOL.
- En Mis Trámites y Consultas, busca la opción Suspensión de Retenciones de 4ta Categoría.
- Completa y envía el Formulario Virtual N.° 1609 con la información solicitada.
- Revisa el resultado emitido por el sistema y, si obtienes la constancia, guárdala y entrega una copia a quien pagará tus servicios.
La solicitud no implica una aprobación garantizada: solo procede si cumples los requisitos legales y la información registrada supera la evaluación de SUNAT. La constancia otorgada por la vía virtual rige desde el día calendario siguiente a su emisión hasta el 31 de diciembre de 2026.
Qué hacer si después superas el límite
Una suspensión no permite dejar de monitorear tus ingresos. Si durante el año una variación hace que tu proyección de rentas de cuarta y/o quinta categoría supere S/ 48,125 o S/ 38,500, según corresponda, debes reiniciar los pagos a cuenta desde el mes en que se produce el cambio y volver a consignar en tus comprobantes que estás sujeto a la retención del 8%.
Luego del reinicio, SUNAT indica que debes presentar la declaración jurada mensual cuando tus ingresos del mes, sujetos o no a retención, superen S/ 4,010. Para las funciones especiales señaladas antes, la referencia es S/ 3,208.
No esperes al cierre del año para recalcular. Actualiza tu proyección cuando consigas un contrato nuevo, aumenten tus honorarios o empieces un empleo en planilla.
Ejemplo sencillo con ingresos de cuarta y quinta
Supón que proyectas S/ 30,000 por recibos por honorarios y S/ 20,000 por un empleo en planilla durante 2026. La suma es S/ 50,000.
Aunque tus honorarios por sí solos no superan S/ 48,125, la proyección conjunta de cuarta y quinta categoría sí excede ese límite. En ese escenario no deberías asumir que calificas para la suspensión; revisa tu obligación en SUNAT o con un profesional tributario.
Si ya obtuviste la suspensión con una proyección menor y luego tus ingresos cambian hasta superar el límite, corresponde reiniciar las retenciones y pagos a cuenta desde el mes del cambio.
Antes de hacer el trámite
Ten a la mano tu Clave SOL y una proyección realista de ingresos. También conviene revisar tus recibos emitidos y los pagos efectivamente percibidos. Si recién empiezas como independiente, complementa esta guía con nuestro artículo sobre recibos por honorarios en Perú.
Realiza la solicitud únicamente en el canal oficial: consulta los requisitos y accede al trámite de suspensión en SUNAT.
Fuentes oficiales
- SUNAT: suspensión de retenciones de cuarta categoría para 2026
- SUNAT: declaración, retenciones y pagos de trabajadores independientes
- Resolución de Superintendencia N.° 000390-2025/SUNAT