Licencia por fallecimiento en Perú: días, alcance y solicitud

Licencia por fallecimiento en Perú: días, alcance y solicitud

Conoce cuántos días de licencia remunerada corresponden por fallecimiento de un familiar en el sector privado peruano y cómo solicitarla.


En el sector privado peruano, el fallecimiento del cónyuge, padre, madre, hijo, hija, hermano o hermana da derecho a cinco días calendario de licencia con goce de remuneración. Si el deceso ocurre en un lugar geográfico distinto al centro de trabajo, se agregan los días de desplazamiento que correspondan según la distancia y la vía de transporte.

El derecho se encuentra en la Ley N.° 31602 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 013-2023-TR. Al ser días calendario, el cómputo puede incluir sábados, domingos y feriados.

Alcance: esta guía se refiere a trabajadores del sector privado, tanto del régimen general como de regímenes especiales. Las reglas del sector público, un convenio colectivo o una política interna pueden ser diferentes.

Respuesta rápida

PreguntaRegla del sector privado
¿Cuánto dura?5 días calendario
¿Es remunerada?Sí, con goce de remuneración
¿Qué familiares cubre?Cónyuge, padres, hijos y hermanos
¿Aplica a regímenes privados especiales?
¿Puede ampliarse por viaje?Sí, cuando el deceso ocurre en un lugar distinto al centro de trabajo
¿Existe una ampliación fija de tres días?No. Se calcula por término de la distancia y vía utilizada
¿Se acreditan el vínculo y el lugar?Sí, al finalizar la licencia; existe una alternativa mediante declaración jurada si no es posible presentar la documentación prevista

Qué familiares están cubiertos

La lista legal es concreta:

  • cónyuge;
  • padre o madre;
  • hijo o hija; y
  • hermano o hermana.

La norma no fija una edad máxima para los hijos ni exige que el familiar viviera con el trabajador. Tampoco incluye expresamente a convivientes, abuelos, nietos, suegros, cuñados u otros parientes.

Si fallece una persona no incluida, revisa el reglamento interno, el contrato, el convenio colectivo o las prácticas más favorables de la empresa. El empleador puede reconocer una cobertura mayor, pero esa mejora no debe confundirse con el mínimo de la Ley N.° 31602.

Cinco días calendario, no hábiles

“Calendario” significa que se cuentan los días consecutivos del periodo comunicado, incluidos los días de descanso y feriados que queden dentro de él. No corresponde convertir automáticamente la licencia en cinco días laborables.

El reglamento exige que la solicitud indique la fecha de inicio y la duración. No establece en su texto una única hora ni un formato obligatorio para comunicar el deceso. Por eso, informa a la empresa lo antes posible y deja constancia de la fecha desde la que necesitas ausentarte.

Ejemplo de cómputo

Si la licencia empieza un viernes y no existe ampliación por distancia, los cinco días calendario son:

DíaCómputo
Viernes1
Sábado2
Domingo3
Lunes4
Martes5

Este ejemplo solo muestra cómo se cuentan días calendario. La fecha de inicio real debe figurar en la comunicación y responder a las circunstancias del fallecimiento.

Cuándo se amplía por distancia

La ampliación procede cuando el fallecimiento se produce en un lugar geográfico diferente de aquel donde se ubica el centro de trabajo. Los días adicionales cubren el desplazamiento según:

  1. el lugar del deceso;
  2. la ubicación del centro laboral;
  3. la vía de transporte utilizada; y
  4. el Cuadro General de Términos de la Distancia aprobado por la Resolución Administrativa N.° 288-2015-CE-PJ, o la norma que lo sustituya.

No hay una cantidad universal de días adicionales. Dos viajes a departamentos distintos pueden tener términos diferentes, y la empresa puede verificar que la extensión guarde relación con el desplazamiento declarado.

Si trabajas de manera remota o híbrida, no asumas que tu domicilio reemplaza automáticamente al “centro de trabajo” mencionado en la norma. Identifica la sede registrada en tus documentos y solicita a Recursos Humanos una confirmación escrita para el caso concreto.

Cómo solicitar la licencia

La comunicación debe permitir que la empresa identifique el derecho y organice la ausencia. Incluye:

  • nombre y documento del trabajador;
  • familiar fallecido y vínculo;
  • referencia a la Ley N.° 31602;
  • fecha de inicio;
  • cinco días calendario solicitados;
  • ampliación por distancia, si corresponde;
  • lugar del fallecimiento y vía de transporte, si solicitas ampliación; y
  • un medio de contacto razonable durante el trámite.

Envía la solicitud por el canal disponible: correo corporativo, mesa de partes, sistema de Recursos Humanos o comunicación escrita al responsable. Si la urgencia impide usar el canal habitual, avisa por el medio más rápido y regulariza la constancia después.

No necesitas adjuntar toda la documentación antes de ausentarte. El reglamento señala que el sustento se presenta al finalizar la licencia.

Qué documentación puede acreditar el derecho

La norma no impone una lista cerrada de documentos. Según el caso, puede resultar pertinente:

  • acta, partida o certificado que acredite el vínculo familiar;
  • acta o certificado de defunción; y
  • documento que permita comprobar el lugar del fallecimiento cuando se pidió ampliación.

Presenta solo información pertinente y conserva copia o cargo. Si no es posible entregar la documentación prevista, el reglamento permite cursar una declaración jurada al empleador indicando el lugar donde falleció el familiar.

La declaración jurada no debe usarse para ocultar información falsa. El empleador puede fiscalizar el uso apropiado de la licencia y el trabajador debe colaborar, respetándose la finalidad del permiso y el tratamiento proporcional de sus datos personales.

La remuneración durante la licencia

Los cinco días y la ampliación que corresponda son con goce de remuneración. La ausencia no debe tratarse como permiso sin sueldo ni cargarse automáticamente a vacaciones.

Si la boleta muestra un descuento, solicita por escrito la explicación del concepto, el periodo y la base aplicada. Conserva la solicitud, la respuesta y la documentación presentada antes de escalar el reclamo.

Políticas internas y convenios más favorables

La ley protege los beneficios preexistentes cuando sean más favorables. Una empresa o convenio puede, por ejemplo:

  • otorgar más días;
  • contar solo días hábiles;
  • incluir conviviente u otros familiares;
  • permitir flexibilidad adicional; o
  • simplificar la acreditación.

La política más favorable complementa o mejora el mínimo legal; no lo reduce. Compara ambas reglas en conjunto y confirma cuál corresponde a tu vínculo.

Diferencia con el sector público

La Ley N.° 31602 se dirige al sector privado. No debe trasladarse automáticamente a servidores de una entidad pública, aunque su contrato mencione el Decreto Legislativo N.° 728.

En el Estado pueden aplicar normas de cada régimen, reglamentos internos y convenios colectivos con familiares, días o formas de cómputo distintos. Antes de solicitar la licencia, revisa el régimen de la entidad y consulta a su oficina de Recursos Humanos.

Qué hacer si la empresa niega la licencia

  1. Pide que la respuesta y su fundamento queden por escrito.
  2. Reenvía la solicitud con la norma, las fechas y el sustento disponible.
  3. Revisa si existe un procedimiento interno más favorable.
  4. Conserva correos, documentos y la boleta del periodo.
  5. Formula una consulta o denuncia ante SUNAFIL si el empleador privado mantiene la negativa o aplica un descuento indebido.

La denuncia laboral virtual de SUNAFIL solicita, entre otros datos, el RUC y dirección del empleador, documentos de sustento, correo y celular.

Preguntas frecuentes

¿La licencia incluye a la pareja conviviente?

La Ley N.° 31602 menciona al cónyuge, no al conviviente. Este último puede estar cubierto por una política interna, convenio colectivo u otra regla más favorable.

¿Puedo pedir vacaciones adicionales para continuar el duelo?

Puedes solicitar vacaciones, adelanto, licencia con o sin goce u otra medida, pero su procedencia se evalúa separadamente. Los cinco días legales no deben descontarse de vacaciones.

¿Debo presentar documentos el mismo día del fallecimiento?

El reglamento indica que la documentación sustentatoria se presenta al finalizar la licencia. Comunica primero el derecho, la fecha de inicio y la duración.

¿La empresa puede revisar mi solicitud?

Sí. Puede fiscalizar el uso apropiado de la licencia, y el trabajador debe colaborar. La revisión debe guardar relación con la finalidad del permiso.

Fuentes oficiales


Este contenido es informativo y no reemplaza asesoría laboral. Para revisar otros mínimos legales, consulta la guía de beneficios y derechos laborales en Perú.

Publicidad